Ya ha comenzado el plazo para solicitar subvenciones a la Comunidad de Madrid al alquiler de vivienda habitual por el impacto de Covid-19. Los destinatarios y requisitos son los siguientes:
Todo arrenadatario que acredite estar en vulnerabilidad económica y social ocasionado por el COVID 19:
Desde 1 de marzo de 2020 en situación de desempleo, ERTE, o reducción de jornada por motivos de cuidados. También empresario con reducción de jornada.
Límites económicos en el mes anterior solicitud: 3 veces el IPREM ( 1.613,52 €) con un incremeto de 0,1 por hijo a cargo o persona mayor de 65 años. 0,15 si el hijo es UFmonoparental. Con discapacidad igual o mas de 33% 4 IPREM ( 2.151,36 €) y 5 IPREM (2.689,20€) si parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 por 100 RENTA GASTOS Y SUMINSTROS BÁSICOS superior al 35% de la RENTA
Nacionalidad española o residente legal arrendamiento Ley 29/1994 24 noviembre 3 últimas mensualidades
EXCEPCIONES: propietarios o usufructuarios de vivienda en España con alguna excepción.+ PARENTESCO CON EL ARRENDADOR 2º grado de consanguinidad o afinidad.
Estas son las características de la ayuda:
Desde 1 de marzo de 2020 en situación de desempleo, ERTE, o reducción de jornada por motivos de cuidados. También empresario con reducción de jornada.
Límites económicos en el mes anterior solicitud: 3 veces el IPREM ( 1.613,52 €) con un incremeto de 0,1 por hijo a cargo o persona mayor de 65 años. 0,15 si el hijo es UFmonoparental. Con discapacidad igual o mas de 33% 4 IPREM ( 2.151,36 €) y 5 IPREM (2.689,20€) si parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 por 100 RENTA GASTOS Y SUMINSTROS BÁSICOS superior al 35% de la RENTA
Nacionalidad española o residente legal arrendamiento Ley 29/1994 24 noviembre 3 últimas mensualidades
EXCEPCIONES: propietarios o usufructuarios de vivienda en España con alguna excepción.+ PARENTESCO CON EL ARRENDADOR 2º grado de consanguinidad o afinidad.
Estas son las características de la ayuda:
Subvención de concesión directa sobre los gastos subvencionables.
100% del importe mensual de la renta ( max . 900€) durante 6 meses desde abril 2020.
Podrá utilizarse para pagar los créditos de financiación ICO alquiler. (máx.5400€).
COMPATIBILIDADES: con cualquier ayuda de financiación o del propio Plan Estatal de Vivienda
2018 2021 sin que se supere el 100% del alquiler.
100% del importe mensual de la renta ( max . 900€) durante 6 meses desde abril 2020.
Podrá utilizarse para pagar los créditos de financiación ICO alquiler. (máx.5400€).
COMPATIBILIDADES: con cualquier ayuda de financiación o del propio Plan Estatal de Vivienda
2018 2021 sin que se supere el 100% del alquiler.
Este el archivo que hay que rellenar:
Solicitud-de-subvención-al-alquiler-de-vivienda-por-impacto-Covid-19
Solicitud-de-subvención-al-alquiler-de-vivienda-por-impacto-Covid-19
Tenéis toda la información en este archivo:
Hola buenas tardes,saben a que correo se debe mandar la solicitud de ayuda para el alquiler? Estuve mirando y no lo veo. Ggracias
Lo puedes presentar en el registro de la Comunidad de Madrid de forma online, pero necesitas certificado electrónico: https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-acceso-general/guia-tramitacion-electronica#presentacion-solicitudes